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FEDERACIÓN - CSD

El CSD, sin noticias de FIFA y UEFA sobre Rocha

La Comisión de Supervisión del CSD tendrá competencia por encima de la RFEF, amparándose en la Ley del Deporte y el interés general para el Estado.

Actualizado a
Rocha acompaña en Las Rozas a las vicepresidentas Montero y Alegría y al presidente del CSD, Rodríguez Uribes.
EDUARDO CANDEL REVIEJODiarioAS

El Consejo Superior de Deportes (CSD) no ha recibido ninguna carta de la FIFA o de la UEFA ni se han puesto en comunicación con ellos respecto a una supuesta petición para que no interfiera en el proceso y respete la autonomía de la Federación y Pedro Rocha esté al frente de la RFEF, mínimo, hasta las próximas elecciones, ya que ha sido elegido de manera legal y no pueden entrar a rebatirlo. Esa supuesta carta llegaría en las próximas horas, una solicitud que pondría en una encrucijada a la Comisión Directiva del CSD, que debe votar el próximo martes si suspende a Pedro Rocha.

El CSD está decidido y se mantiene firme en su postura, creando una Comisión de Supervisión cuya competencia estará por encima de la propia Federación Española de Fútbol (RFEF). La fundamentación jurídica para la creación de la Comisión de Supervisión, Normalización y Representación viene dada por la Ley del Deporte. Según el artículo 1.2, “corresponde a la Administración General del Estado la representación del deporte español y la supervisión pública del sector en aquellos aspectos que se consideran de interés general para el Estado”. Además, el capítulo II recoge el interés público en el deporte de alto nivel”.

El Gobierno entiende que la Comisión de Supervisión, Normalización y Representación da certidumbre, frente a la incertidumbre procesal en la que se encuentran algunas personas de la RFEF por el procedimiento en vía penal de Majadahonda y por el expediente sancionador abierto por el TAD, que deberá resolverse en las próximas semanas.

A su vez, desde el CSD entienden que, como el TAD suele resolver en tres meses las posibles infracciones calificadas como muy graves, que pueden derivar en una inhabilitación o destitución del cargo. Por lo tanto, esa resolución prodría producirse en plena Eurocopa. El CSD considera que es de interés general la participación de la Selección masculina en la Eurocopa, de las selecciones masculina y femenina en los Juegos Olímpicos y el diseño de la candidatura del Mundial 2030.

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