El proceso de Elecciones será marcado por la Junta Electoral

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El proceso de Elecciones será marcado por la Junta Electoral

Si Ramón Calderón anuncia hoy su dimisión y la convocatoria de Elecciones al final de la temporada, el procedimiento queda recogido en los Estatutos Sociales del Real Madrid en el Capítulo II, artículos del 40 al 45. En estos artículos se explica: dentro de los dos días siguientes a que se produzca el hecho que motiva la celebración de elecciones a Presidente y Junta Directiva, la Junta Electoral acordará el inicio del proceso electoral mediante la apertura de un plazo de diez días naturales, a contar desde su publicación, a fin de que se presenten las candidaturas. El acuerdo debera anunciarse en el tablón de anuncios dispuesto al efecto en la sede social y publicarse en, al menos, dos periódicos.

Dentro del plazo señalado deberán presentarse en el club las candidaturas que tienen que tener presidente y más de nueve vocales, estar suscrita por los candidatos con firma legitimada y manifestación formal de aceptación de la proposición y acompañar el pre-aval bancario. La Junta Electoral procederá a su examen y a su proclamación si reune los requisitos.

Si hubiera dos o más candidaturas válidas se convoca a los socios a la votación. Dentro del siguiente día hábil a la fecha de la última candidatura presentada, señalará el día de la celebración de las oportunas votaciones dentro de un plazo de los 15 días siguientes. La convocatoria deberá anunciarse en el tablón de anuncios del club y, al menos, en dos periódicos de Madrid, con expresión del día, lugar y hora en que se verificará la elección, y las candidaturas válidas.