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ATLÉTICO

El abogado de Jimmy: "La sensación es de satisfacción"

El abogado de la familia: "Estamos satisfechos, la esencia era que no quedara impune". La defensa del menor anuncia que recurrirá la sentencia.

A CoruñaActualizado a
Los Riazor Blues muestran una pancarta en memoria de Jimmy durante un partido en Riazor.
Jesus Sancho (Sanchofoto)DIARIO AS

La sentencia ha sido recibida en A Coruña como una de las primeras buenas noticias del proceso. Desde el principio, familia, amigos, aficionados y el propio Depor han insistido en la necesidad de aclarar lo sucedido tras el asesinato de Jimmy, con declaraciones públicas y manifestaciones que se han incrementado en los últimos meses bajo el lema ‘Xustiza para Jimmy’.

Erlatz Ibarrondo, abogado de la familia, aseguró que la condena es un buen primer paso: “La sensación que tenemos entre la familia, los amigos y la asociación es de satisfacción. Hay un recorte punitivo, porque habíamos pedido ocho años de internamiento y el juez ha dictaminado seis y dos de libertad vigilada, aunque el rigor no importaba. Lo que se quería era que no quedase impune. Es un buen comienzo que se condene a una de las personas, en parte resarce lo sucedido”.

De todas formas, el propio Ibarrondo advierte de que no se conforman y que el proceso debe continuar: “Lo que queremos desde el principio es que no quede impune y todos los que participaron tengan un juicio. Ahora estamos a la espera para ver qué sucede, porque entendemos que esta sentencia se recurrirá”.

Lo que sí deja claro el letrado es que la decisión abre un nuevo panorama: “Vamos a estar en una situación diferente. Creo que se empezará a avanzar. Hemos requerido que se tome declaración a una persona cuyo testimonio consideramos determinante. Hay pruebas que difícilmente pueden ser omitidas. No sé si esperarán al recurso o no, pero la instrucción no puede quedar paralizada”.

La defensa del menor recurrirá la sentencia

La defensa del menor, A.C.G., condenado a seis años de internamiento por la muerte del hincha del Deportivo de la Coruña Francisco Javier Romero, 'Jimmy', ha anunciado este lunes que recurrirá la sentencia condenatoria de su defendido por ser "absolutamente injusta".

"El menor es inocente, y el fallo se basa en un testigo protegido cuyas declaraciones son falsas", ha asegurado a Europa Press la letrada María José Cabero. De este modo, la defensa del menor, que interpondrá el recurso en un máximo de cinco días hábiles, vuelve a alegar la invalidez del testimonio del testigo protegido al ser un "coimputado".

Según la sentencia, dictada el 10 de febrero, el juez ha expedientado al menor por ser el autor responsable de un delito de riña tumultuaria, un delito de tenencia ilícita de armas y un delito de homicidio al quedar probada su participación en la muerte de 'Jimmy' el 20 de noviembre de 2014.

La defensa de A.G.C había alegado en las cuestiones previas del procedimiento la vulneración de derechos del menor. La primera, en relación al "uso fraudulento del testigo protegido", al estar encausado en el procedimiento para mayores de edad.

Por otra parte, la defensa de A.G.C alegaba como vulneración de derecho la atribución de unos mensajes de whatsapp al menor en los que explicaría su intención de acudir a la concentración para enfrentarse a los seguidores del Deportivo de la Coruña, ya que aseguran que el juez que ordenó las diligencias no era competente para ello. Ambas cuestiones previas fueron desestimadas y rechazadas.

El menor alegó durante la vista oral que si dijo "algo inconveniente" por whatsapp fue por simple "bravuconería" ante sus amistades. Por su parte, el testigo protegido aseguró durante la vista que A.G.C era uno de los dirigentes del Frente Atlético, y que el día de la reyerta golpeó con patadas y golpes con la porra el abdomen de 'Jimmy', y que dicho menor participó también al tirar el cuerpo del hincha al Manzanares.

En el mismo fallo el juzgado declara también al menor expedientado I. D. C., quien no declaró durante el juicio, autor responsable de un delito de riña tumultuaria y de un delito de tenencia ilícita de armas y le impone un año de libertad vigilada. La acusación particular, en su escrito de alegaciones, imputaba a este menor un delito de homicidio, imputación que más tarde retiró.

Al tercer menor, J. P. C. N., autor responsable de un delito de riña tumultuaria, le impone 60 horas de prestaciones en beneficio de la Comunidad, que se sustituirán, en caso de que el menor no preste su consentimiento o las incumpla, por cinco permanencias de fin de semana en centro cerrado.