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CASO OSASUNA

El juez rechaza imputar a Osasuna por corrupción

El titular del juzgado de Instrucción 2 de Pamplona, Fermín Otamendi, rechaza imputar a Osasuna como persona jurídica por los delitos de corrupción deportiva.

Actualizado a
El expresidente de Osasuna, Miguel Archanco, imputado en el caso.
Mikel Saiz

Fermín Otamendi, juez encargado de la instrucción del ‘Caso Osasuna’ ha rechazado imputar a Osasuna por los delitos de corrupción deportiva supuestamente perpetrados por sus exdirigentes y, en consecuencia, el club rojillo se mantendrá únicamente como acusación particular dentro del procedimiento.

En contra de lo solicitado por el Ministerio Fiscal y la acusación particular ejercida por la Liga de Fútbol Profesional (LFP), que habían abogado por la imputación como persona jurídica, el magistrado concluye que Osasuna “no puede ser considerado autor de ningún delito de corrupción deportiva sino víctima de los ilícitos comportamientos que, indiciariamente, han protagonizado algunos de sus directivos y empleados”.

En el auto, que puede ser recurrido, el juez cuestiona en primer lugar el vacío jurisprudencial sobre la materia, puesto que, según explica, a fecha de hoy no hay ni una sola sentencia del Tribunal Supremo sobre el alcance, presupuestos, requisitos y condiciones necesarias para la existencia de la responsabilidad penal de una persona jurídica. Y, añade, dicho vacío no es previsible que se cubra ya que el artículo que regula esta materia en el Código Penal –artículo 31 bis– ha sido recientemente reformado. Respecto a esto, el juez subraya que toda responsabilidad penal de una persona jurídica debe estar basada en el dolo (intención) o culpa, unas circunstancias que resultan ciertamente difíciles de trasladar a un ente colectivo que carece de los resortes subjetivos de intencionalidad o previsibilidad sobre los que descansa la culpabilidad.