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RECREATIVO DE HUELVA

Un abogado denuncia la compra del Recre por fraudulenta

Un letrado onubense considera que la compra del 75 por ciento del Recreativo en 2012 por la sociedad Gildoy a Huelva Deporte pudo ser ilegal.

Actualizado a
Afición de Recreativo de Huelva.
DIARIO AS

Un abogado onubense ha presentado una denuncia en la Fiscalía Provincial de Huelva al considerar que la compra del 75 por ciento de las acciones del Recreativo en 2012 por parte de la sociedad Gildoy a Huelva Deporte, empresa del Ayuntamiento de la ciudad, pudo ser fraudulenta.

El denunciante, Ramón López, nieto del expresidente del Recreativo del mismo nombre, ha declarado que esta operación puede constituir los delitos de apropiación indebida, administración desleal y malversación de caudales públicos, ya que "el comprador ingresó dinero en una sociedad mercantil que él mismo gestionaba".

Hace alrededor de dos semanas, el Ayuntamiento de Huelva, por medio de su concejal de Deportes, Antonio Ramos, señaló que estaban investigando si Gildoy pagó realmente algo más de tres millones de euros por la compra del 75 por ciento del accionariado del Recreativo de Huelva en 2012. A raíz de ello, Gildoy respondió e hizo público un informe con seis documentos bancarios con los que quería demostrar que la operación se ajustó a la legalidad.

Con su denuncia, López ha dicho que quiere que la Fiscalía investigue si los documentos bancarios aportados por Gildoy pudieran ser constitutivos de delitos de apropiación indebida, de conformidad con el artículo 252 del Código Penal, de administración desleal en su artículo 295, y el 432 en lo referente a malversación de caudales públicos y siguientes.

El abogado ha considerado que "puede deducirse claramente la existencia de una infracción penal" de Pablo Comas-Mata Mira, socio mayoritario de la mercantil Real Club Recreativo de Huelva SAD, porque en la documentación aparece una cuenta de la que no es titular la sociedad pública Empresa Municipal Huelva Deporte S.L.

Así, ha explicado que en este proceso "no sólo no se ingresa en una cuenta de titularidad pública, sino que se compra una sociedad pública, ingresando el dinero de la compra-venta en la propia sociedad que se compra". "Lo que es lo mismo, el comprador ingresa dinero en una mercantil que él mismo gestiona, en el principio de la sabiduría popular de 'yo me lo guiso yo me lo como'", ha afirmado Ramón López.