Según la FIFA, Marco Asensio y Burgui sí podrían jugar
Abolió la cláusula del miedo con la circular 1.464. FEF y CSD no han modificado sus reglamentos para aplicarla. FIFA podría sancionar si hubiese denuncia.
El 22 de diciembre de 2014, la FIFA envió a todos sus países miembros una nueva circular, la 1.464. Firmada por el secretario general Jerome Valcke especificaba la prohibición de los fondos de inversión y, además, establecía modificaciones en el artículo 18 bis del Reglamento sobre el Estatuto y Transferencia de Jugadores. Así se lee el mismo: “Ningún club concertará un contrato que permita al/los club(es) y viceversa o a terceros asumir una posición por la cual pueda influir en asuntos laborales y sobre transferencias relacionadas con la independencia, la política o la actuación de los equipos del club”. En resumen, ese artículo 18 bis supone el fin de la conocida como cláusula del miedo.
Sin embargo, y a pesar de la abolición, que se hizo efectiva el pasado 1 de mayo, Marco Asensio y Burgui, cedidos por el Real Madrid, no podrán jugar contra el club blanco mañana. La razón es sencilla. Para que la cláusula del miedo tenga carácter efectivo, CSD y FEF deberían aplicar la circular 1.464 en su Ley del Deporte y su reglamento, respectivamente. Pero este no ha sido el caso hasta ahora.
Esta es la explicación. Un informe de julio de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) especifica: “La prohibición de la figura del TPO (fondo de inversión) atenta contra la libertad de empresa en el marco de una economía de mercado, garantizada y protegida por el artículo 38 de la Constitución Española de 1978. Además, se vulneran las libertades fundamentales del mercado único establecidas por el TFUE (Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea) como la libre circulación de capitales que repercuten en la libre circulación de trabajadores”. Como quiera que la circular 1.464 incluye a los fondos de inversión (terceros) en la modificación del artículo sobre la cláusula del miedo, el Gobierno decidió esperar por la contundencia del informe.
Especialistas consultados por AS aseguraron que si hay una denuncia la FIFA podría actuar y sancionar al Real Madrid aunque se trate de una competición nacional dado que el Madrid también juega internacionales. También podría castigar a la FEF. Sucede que los clubes no denuncian porque de lo contrario no consiguen cesiones. Los jugadores, que deben volver a sus clubes, tampoco lo hacen… La abolición de la cláusula del miedo queda pues de momento en un limbo.