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Real Madrid

Florentino no presentó preaval para las Elecciones de 2013

Estaba obligado tras la modificación de los Estatutos de 2012. Es un requisito que exige a los candidatos el club y que los candidatos han de presentar a la Junta Electoral.

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Florentino no presentó preaval para las Elecciones de 2013

Florentino Pérez no presentó en las Elecciones de 2013 el preaval que se exige en los Estatutos tras su modificación del 30 de septiembre de 2012. Así se desprende de la contestación del propio Madrid a la demanda interpuesta por un grupo de socios (el juicio se celebrará el 25-N de 2015) contra esa modificación estatutaria. En el documento (al que ha tenido acceso AS) el club argumenta por qué no tenía que presentar el preaval. En la primera imagen tienen un extracto en el que asegura que “la Junta Directiva proclamada el 1 de junio de 2009 estaba dispensada legalmente” de hacerlo. Para ello se basa en un informe que pidió a la LFP antes de aquellas ‘no Elecciones’ de 2013 (extracto en la segunda imagen). Efectivamente era así. En su informe, la LFP expuso al Madrid que la Junta Directiva de Florentino, teniendo “unos beneficios acumulados de 91.740.000 euros desde 2009”, no tenía obligación de presentar “preaval, o en su caso, aval”. Pero ese documento está referido exclusivamente al aval que hay que depositar, según la Ley del Deporte, en la LFP. Así lo explicaron fuentes jurídicas de la LFP a AS. “La Liga sólo entiende de aval, y tiene que ser presentado cuando el presidente electo toma posesión del cargo. El preaval es un requisito que exige a los candidatos el club, sólo el club, y que los candidatos han de presentar a la Junta Electoral del club. El preaval no queda depositado en ningún caso en la LFP”.

En ese informe, asimismo, la LFP establecía que el aval necesario (en 2013) “sobre un presupuesto de 504,9 millones, era de 75’7 millones (15% del mismo)”. Esa era la cantidad que la Junta de Florentino debió preavalar en 2013, como indican expresamente los Estatutos del club “para todas las candidaturas”. El preaval es un añadido de los Estatutos a lo que dice la Ley del Deporte y es de obligado cumplimiento para todos los candidatos. Y sus condiciones se endurecieron tras la modificación de 2012: se estableció la obligación de preavalar con patrimonio exclusivamente personal, de un banco radicado sólo en España y se dotó a la Junta Electoral de más poder (también pasó de 10 a 20 años la antigüedad como socio necesaria). Esos matices no estaban vigentes en 2009. El aval que Florentino presentó entonces era de 57 millones (frente a los 75 de 2013). La Justicia dirá ahora si los Estatutos del Madrid aseguran la igualdad de todos sus socios para presentarse a las Elecciones.