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REAL MADRID

Ramos, en manos de Apelación

Competición desestima las alegaciones del Madrid por el central y le suspende por un partido. El Madrid recurre ante el órgano de segunda instancia y pide la cautelar.

MadridActualizado a
Ramos, en manos de Apelación

El Comité de Competición de la Federación Española de Fútbol desestimó las alegaciones presentadas por el Real Madrid contra la tarjeta roja que vio Sergio Ramos en el partido frente al Barcelona del pasado domingo y, por tanto, y en principio, el sevillano no podrá jugar en el Sánchez Pizjuán frente al Sevilla.  Al menos de momento. Ramos estará ese miércoles a las 11:00 horas en Barajas para coger el avión que trasladará al Real Madrid a Sevilla. Ancelotti le convocó a mediodía de este martes sin conocer aún la decisión de Competición y mantiene su citación.

El club blanco ya ha anunciado que recurrirá la decisión ante Apelación, que se reunirá este miércoles a mediodía, y que pedirá ante este órgano de segunda instancia la suspensión cautelar del castigo. Si Apelación ratifica la sanción, podría solicitar también la cautelar al nuevo Tribunal Administrativo del Deporte. El TAD debe recibir una notificación oficial de los empleados de la Federación para convocar una reunión de urgencia. Aunque tres de los ocho miembros del nuevo Tribunal viven fuera de Madrid, los cinco restantes serían suficientes para ser citados por su presidente, Enrique Arnaldo, y emitir un fallo por la tarde. Si se cumplen los tiempos y se confirman las reuniones de las dos instancias, Ramos sabría la decisión a pocas horas del pitido inicial.

El Madrid alegó que no existió falta a Neymar en el lance que concluyó en penalti y expulsión del sevillista y que la jugada llegaba precedida de un fuera de juego del brasileño. También discutía que la jugada fuese manifiestamente de gol. Todo ello lo documentó con vídeos.

En los fundamentos jurídicos de la resolución, el Comité señala que "la prueba aportada (limitada a la repetición de las imágenes a cámara lenta y escasa calidad) no permite concluir" que no exista la infracción reflejada en el acta, el derribo "de un adversario impidiendo una manifiesta ocasión de gol".

El Comité señala que se trata simplemente de "una valoración diferente por parte del club alegante de un lance del juego respecto a la realizada por el colegiado, sin que pueda prevalecer aquella sobre esta".